jueves, 25 de septiembre de 2014

Del libro Historia del probabilismo y rigorismo

    Del libro Historia del probabilismo y rigorismo, tomo 1. 1772.
(Versión un poco más amplia en http://opinionestemasdeactualidad.blogspot.com.es/2014/11/del-libro-historia-del-probabilismo-y.html )


     43 años desde 1577, año en el que logró el probabilismo su nacimiento en España,  hasta 1620; en esta tiempo, el nuevo sistema se estuvo encerrado en el nido, en que nació, sin dar paso fuera de su patria nativa, llegando a ser adulto y célebre en sus Universidades, comenzó cerca del año 1620 a invadir los países forasteros, la Italia, Alemania, y Francia, y hasta el años 1656 hizo maravillosos progresos, adquirió numerosos secuaces, y extendió por todas partes su jurisdicción. La dulce suavidad de su aspecto, sus blandas, y diestras maneras de saberse acomodar a las personas, genios, y costumbres diferentes, sus amplios privilegios de eximir a los Cristianos de aquellas leyes divinas, y humanas, que se han hecho dudosas por las disputas de los Teólogos modernos, y otras prerrogativas suyas, le adquirieron en este breve espacio de 36 años, tanto crédito, y aplauso, que sus autores para defenderlo, y conservarlo en la posesión de sus conquistas, han inventado sutilezas increíbles, y prodigiosas.

 74 (página pdf). Es doctrina aprobada por la Iglesia, que no es imputada a culpa aquella acción que se comete con ignorancia verdaderamente invencible. No hay pecado sin libertad, ni hay libertad sin conocimiento. La ignorancia invencible, quitando todo conocimiento, quita la libertad, y por consiguiente exime al que obra en sus tinieblas de toda culpa imputable. Esta es verdad aprobada por todos  los católicos.  La dificultad consiste en la  aplicación sincera de esta palabra invencible, … Aquella ignorancia, según el común sentir de los teólogos, es invencible, que el hombre con toda la moral diligencia, y con el uso de las fuerzas humanas, y auxilios ordinarios de Dios, no puede vencer: De modo que se halle privado del conocimiento de la ley, sin alguna culpa suya personal. Aquella, por el contrario, se llama ignorancia vencible, que con la debida industria puede vencerse, y hace que el hombre por su culpa se halle obscurecido con ella.
126    No creo que se pueda poner algún reparo a la inundación universal de los vicios, si no se saca de raíz aquella plata fatal, que produce tantas relajadas opiniones en las costumbres de los cristianos. Añado por otra parte, que esta planta no se arrancará jamás, en tanto que se mira en sí misma, y no se examinan muy bien los frutos contagiosos, que ella produce.
    “… es menester atacar al Probabilismo en sus ramas, en sus frutos, en las doctrinas prácticas venenosas, que produce, y por esta parte la verdad saldrá ciertamente victoriosa. Las cincuenta proposiciones, recogidas por mí del vasto campo del Probabilismo en sola la materia del ayuno, han engendrado horror en todo el mundo. Si hiciéremos lo mismo en todos los tratados, se hará ver, que estas relajaciones, casi todas, se derivan del Probabilismo, o sistema de poder seguir lo menos probable.”

270   En un capítulo entero se probará, que la sentencia menos probable es favorable a la carne, no a la libertad cristiana, que resplandece en la unión más estrecha con Dios, y con la ley eterna.
274  Él en buscarla (la Verdad) no debe favorecer a sus secretas pasiones: que debe implorar la luz divina, para conseguir acertar con la decisión; que si él se opone a la doctrina de otros, no por fuerza de razones, y autoridad, sino por pasión, u obstinación suya, su conciencia será venciblemente errónea.

275  Los que quieren que a lo útil ceda lo verdadero.
277    No fue amor carnal, que acomoda las leyes a los sentidos, a la libertad, por lograr el placer. Fue de aquel amor divino, que es solo el que hace suave el camino estrecho, áspero, y angosto del Evangelio: no ya de aquel amor, que pretende aligerar el yugo Evangélico con ensanchar las leyes.
280 Alejandro VII condenó 45 proposiciones laxas. Inocencio XI. Las proposiciones condenadas eran llamadas benignas por los Probabilistas, y ahora han venido a ser, y conocerse por laxas.
Los Probabilistas llaman a la opinión menos probable, con el dulce, y amable vocablo de benigna, y a la sentencia más cercana a la verdad con el nombre de estrecha y severa.

282 Alejandro VII dijo en su decreto que oyó, no sin grande tristeza de su alma, que muchas proposiciones relaxadas de la disciplina cristiana, y que acarreaban la perdición de las almas, y que aquella suma licencia de los ingenios lozanos, cada día crecía más, por la cual en las cosas tocantes a la conciencia, se introdujo un nuevo modo de opinar, ajeno a la sinceridad Evangélica, y doctrina de los  Santos Padres.

283 P. Terillo:
        Muchos modernos codiciosos de su fama y estimación propia abrieron la puerta a graves  (escandalosas) relajaciones. E incluso por evidente malicia. Escribe,  que no es increíble, que ellos engañados por sutil insinuación de Satanás, bajo la lisonja de cierta humanidad, y bajo la especie de honrarse mutuamente, haber ellos inventado tantas opiniones laxas.
    No se niega que los antiguos hubiesen caído en algún error. Pero pretender defender las opiniones de los modernos probabilistas, porque los antiguos enseñaron peores, no es discurso legítimo, ni útil, aún cuando la hipótesis fuese cierta.

290  Cristo no nos manifestó sino dos solos caminos: el uno estrecho, y el otro ancho. Si la sentencia más probable es el camino estrecho:  luego la menos probable es el camino ancho. El camino tercero no se encuentra en el Evangelio.

293   Inocencio XI condenó con términos expresos a cualquiera que enseñe que es probable, que el precepto de la caridad para con Dios no obliga rigurosamente, ni aún en cinco años.

299 (272 del libro)  Muchos moralistas modernos se oponen a la verdad en virtud de sistema doctrinal, que disminuye las obligaciones de las leyes divinas con el título de benignidad. Esta benignidad es contraria a la verdad, y favorable al vicio.

     La Ley Divina es Ley de verdad ( Salmo 118) Dios prohíbe añadir, o quitar a esta ley de verdad la más mínima palabra. (Deuteronomio capítulo 4) Inculca en muchos lugares de la Escritura esta misma prohibición (Deuteromio, capítulo 5 y capítulo 12).

      En el apartado siguiente hablaremos de aquellos, que añaden demasiado rigor en fuerza de sistema político, y al presente de aquellos, que quitan a la ley preceptos, y obligaciones, en virtud de sistema doctrinal. Estos lo primero cancelan de un golpe del rol de las divinas leyes todas las dudosas, y controvertidas; pues, según su sistema, la ley dudosa, y controvertida no es ley. Por el contrario, Dios manda que en las dudas sobre su ley, se consulten sus sacerdotes. (Deuteronomio capítulo 17) Pero debiéndose hablar difusamente de este punto en su lugar, descendamos ahora a las disminuciones particulares de los preceptos del Decálogo. El primer mandamiento fundamental de la ley prescribe el amor de Dios, y del prójimo, a que se reduce la plenitud de la ley. Este amor debe ser efectivo, quiere decir, fecundo de obras santas, que despiden llamas ardientes hacia el Criador, que socorre en las graves necesidades a los necesitados. Debe ser tan fervoroso, que nos induzca a derramar la sangre, antes que violar mortalmente un solo precepto, o escandalizar a nuestros hermanos. La ley de la justicia no es menos severa, que la de la caridad; todo perjuicio grave es castigado con eternos suplicios. Aunque estuviese en nuestro poder el adquirir todo el mundo por medio de un solo pecado grave, estamos obligados a repudiarlo y a vivir en una continua pobreza, antes que ofender a Dios con la culpa. El desasimiento de las mismas riquezas, adquiridas lícitamente, es necesario, ya más, ya menos, según la diversidad de circunstancias. La preparación de ánimo a sufrir todo martirio el más atroz, en el lance de confesar la fe delante del tirano, que intima en renegar de ella, es necesaria a todos los secuaces del Evangelio. La castidad virginal, o conyugal, a que todos están obligados, no es ley menos severa, que las otras. La sinceridad en la lengua, la veracidad en los juramentos, la fidelidad en la sociedad, la abstinencia de los hurtos, de las maldiciones, son otros tantos preceptos de la cristiana profesión. Omitidos otros muchos preceptos, voy a demostrar brevemente las modas inventadas, para disminuir las citadas leyes.

      Dos son los principios, de que se sirven los probabilistas, para la disminución de las leyes. Dicen primeramente, que lo odioso se debe restringir, (Odia funit refrigenda) de donde infieren, que siendo la ley divina odiosa a la humana libertad, se debe en la forma mejor restringir, y disminuir. Añaden, que el yugo del Evangelio es suave; y que por tanto debemos interpretar, y acomodar la ley en un sentido el más suave, y favorable a la humana enfermedad. Puestos estos dos principios, la ley negativa viene a reducirse a nada, con el beneficio de la inadvertencia, y de la ignorancia invencible, y la ley positiva se muda en una ley negativa. Los hurtos, si no se rompen las puertas, y se despedazan las navetas, no son reputados por hurtos. La retención de la hacienda ajena, el no pagar las deudas, el sisar, o diferir la paga a los oficiales, son cosas convenientes a la manutención del estado, y decoro. Los mandamientos fundamentales de amar, creer, y esperar en Dios, se hace, que consistan en no aborrecer, no negar la fe; y no desesperar de la bondad divina. Los juramentos, las mentiras, las simulaciones se justifican, o con la costumbre, o con las restricciones mentales. 



Historia del probabilismo y rigorismo:
http://books.google.es/books/about/Historia_del_probabilismo_y_rigorismo.html?id=4elFkloKz1MC&redir_esc=y

Para descargar directamente en pdf:
http://books.google.es/books/download/Historia_del_probabilismo_y_rigorismo.pdf?id=4elFkloKz1MC&hl=en&capid=AFLRE71HLM6WjzYsVx57Px4LpZpzeo5kp9D-k7xL_3jzjiaY_VgGPkVNnP6uSHFN4SUJ1K4ydGx6SSfekLBkwce5LotSADOa9Q&continue=http://books.google.es/books/download/Historia_del_probabilismo_y_rigorismo.pdf%3Fid%3D4elFkloKz1MC%26output%3Dpdf%26hl%3Den



No hay comentarios: